Análisis de la reforma 2025 sobre violencia vicaria y procedimientos en Fuenlabrada y Móstoles

La violencia vicaria es una de las formas más crueles de maltrato. Ocurre cuando el agresor, lejos de detenerse tras la ruptura, utiliza a los hijos e hijas como herramienta para seguir haciendo daño a la madre.

No necesita levantar la voz ni las manos: basta con manipular, amenazar, utilizar el régimen de visitas o sembrar miedo en lo cotidiano. Muchas mujeres en Fuenlabrada, Móstoles y otras zonas del sur de Madrid lo viven así: como un castigo silencioso que se perpetúa a través de los menores.

Durante años, esta forma de violencia ha sido invisibilizada o mal entendida por parte de las instituciones. Pero en 2025 se ha dado un paso decisivo:

La reforma de la Ley Orgánica 1/2004 ha incorporado la violencia vicaria como una categoría específica dentro de la violencia de género, reconociendo su gravedad y abriendo nuevas vías para proteger a quienes la sufren.

Este artículo nace precisamente para acompañarte si estás en esa situación. Para que sepas:

  • Qué dice ahora la ley.
  • Cómo actúan Policía y Fiscalía.
  • Y qué puedes hacer, con respaldo legal, desde el momento en que sospechas que tus hijos están siendo utilizados para dañarte.

En EC Abogados te ayudamos a dar cada paso con firmeza, claridad y sin sentirte sola.

¿Qué es la violencia vicaria y cómo se reconoce?

Desde 2025, la legislación española reconoce de forma expresa un tipo de violencia que muchas mujeres venían denunciando desde hace años sin ser escuchadas: la violencia vicaria.

La reforma de la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género introdujo este concepto para dar nombre —y respuesta legal— a una realidad devastadora: cuando el agresor utiliza a los hijos e hijas como medio para seguir dañando a la madre.

En términos jurídicos, se trata de una forma de violencia de género indirecta pero profundamente destructiva, en la que el maltratador desplaza el foco del daño hacia los menores.

Es decir, no solo busca hacer sufrir, sino también controlar, castigar y quebrar emocionalmente a la mujer a través de sus hijos.

Pero más allá de la definición legal, la violencia vicaria se reconoce en lo cotidiano. En esas visitas que se convierten en una amenaza constante. En los mensajes donde el agresor “advierte” que los niños no volverán.

En los comentarios que manipulan a los menores para enfrentarles con su madre. En las denuncias interpuestas solo para presionar o sembrar dudas. En la forma en que algunos padres convierten cualquier espacio compartido en un campo de tensión psicológica.

Muchas veces, estas situaciones no se perciben como violencia al principio. De hecho, es común que la mujer dude:

  • ¿Estaré exagerando?
  • ¿No será que estoy sensible?
  • ¿Y si nadie me cree?

Pero cuando una persona usa a los hijos como instrumento para mantener el control, lo que hay detrás no es conflicto, es maltrato. Y la ley ya lo llama por su nombre.

¿Qué dice la ley: la reforma de 2025 y su inclusión en la LO 1/2004?

Hasta hace poco, muchas mujeres denunciaban que sus hijos estaban siendo utilizados como una forma de maltrato posterior a la separación. Pero sus relatos no encontraban encaje legal claro. Lo que vivían no siempre era comprendido como una agresión directa.

Eso cambió en 2025 se incorporó de manera expresa la figura de la violencia vicaria como una forma autónoma y especialmente grave de abuso.

Con esta reforma, el ordenamiento jurídico reconoce que dañar a los menores para herir emocionalmente a la madre no es un conflicto parental. Es una forma de dominación y maltrato que necesita una respuesta específica.

Ya no es necesario demostrar una agresión directa contra la mujer. Si el daño se canaliza a través de los hijos o hijas, también puede considerarse violencia de género.

¿Qué implica esto en la práctica?

Uno de los cambios más relevantes es que ahora los jueces pueden adoptar medidas urgentes de protección no solo para la mujer, sino también para los menores.

Esto afecta directamente a decisiones sobre:

  • Custodia: puede retirarse de forma inmediata si se demuestra que el progenitor está utilizando su rol para hacer daño.
  • Régimen de visitas: puede suspenderse, incluso sin condena firme, si hay indicios suficientes de riesgo para los menores.
  • Patria potestad: puede limitarse, parcial o totalmente, según el grado de afectación y el historial del agresor.
  • Comunicaciones y encuentros: pueden eliminarse o supervisarse para evitar nuevas situaciones de maltrato.

Ejemplos prácticos que ya contempla la ley

  • Si tu expareja ha ejercido maltrato físico o psicológico sobre tus hijos, puedes solicitar que se suspendan las visitas de inmediato. Incluso si hay un acuerdo previo.
  • Si hay antecedentes de conductas agresivas contra ti, el juez puede dictar medidas cautelares. Por ejemplo, impedir que el agresor tenga contacto alguno con los menores mientras se tramita el procedimiento.
  • Si notas que tu hijo vuelve alterado, intimidado o con un discurso hostil tras las visitas, puedes pedir una modificación judicial. Puedes apoyarte en informes psicológicos, escolares o de servicios sociales.

Este marco legal no solo refuerza la protección. También le pone palabras y amparo jurídico a lo que antes era solo intuición o dolor silenciado. Ahora, lo que sientes puede tener respaldo legal, siempre que se fundamente bien.

¿Qué pasa si denuncio violencia vicaria en Fuenlabrada o Móstoles?

Dar el paso de denunciar nunca es fácil. Mucho menos cuando lo que estás viviendo no siempre deja marcas visibles.

Pero si sientes que tu expareja está utilizando a tus hijos para dañarte, es importante saber que sí puedes actuar. Y que existe un protocolo para hacerlo, tanto en Fuenlabrada como en Móstoles.

1. ¿Dónde acudir?

Tienes varias opciones para formalizar la denuncia. Todas son válidas y están preparadas para atender situaciones de este tipo:

  • Comisaría de Policía Nacional: Puedes acudir directamente, explicar tu caso y solicitar que quede registrado. En Fuenlabrada está en C/ Grecia, 1 y en Móstoles en C/ Simón Hernández, 27.
  • Juzgado de Guardia: Si la situación es urgente o necesitas protección inmediata, puedes acudir directamente al juzgado de guardia. Allí se puede activar una orden de alejamiento o suspensión de visitas en menos de 72 horas.
  • Punto Municipal del Observatorio Regional de la Violencia de Género: Son servicios especializados del Ayuntamiento que te orientan y te acompañan durante todo el proceso.
    • En Fuenlabrada está en C/ Móstoles, 68 – Centro 8 de Marzo
    • En Móstoles, en el Centro de Igualdad Clara Campoamor

También puedes acudir primero a un despacho legal como EC Abogados. En ese caso, prepararemos contigo toda la documentación para que acudas con claridad a cualquiera de estos recursos.

2. ¿Qué datos necesitas aportar?

No necesitas tenerlo todo ordenado para empezar. Pero cuantos más elementos puedas presentar, más sólida será la denuncia. Te recomendamos:

  • Identificación del agresor (si la tienes).
  • Breve relato cronológico de los hechos: qué ha pasado, cuándo, cómo lo has vivido tú y tus hijos.
  • Pruebas: audios, mensajes, informes escolares o psicológicos, capturas de amenazas, testimonios de personas cercanas.
  • Indicios de manipulación, miedo o daño emocional que hayan vivido los menores.

Todo esto se formaliza por escrito. Tú puedes relatar lo ocurrido y la Policía o el juzgado lo transcriben y te dan una copia.

3. ¿Qué medidas puede dictar el juez?

Una vez presentada la denuncia, el juez puede —si hay indicios suficientes— activar medidas urgentes de protección. Por ejemplo:

  • Suspensión inmediata del régimen de visitas.
  • Prohibición de acercamiento o comunicación del progenitor hacia ti o tus hijos.
  • Supervisión judicial o profesional de los encuentros, si no se pueden suspender de forma total.
  • Limitación de la patria potestad en asuntos clave como salud, educación o traslados.

Estas medidas pueden adoptarse aunque no exista todavía una sentencia firme. Si hay riesgo para ti o para tus hijos, el juzgado tiene la obligación de actuar.

4. ¿Qué papel tiene la Fiscalía?

La Fiscalía de Violencia sobre la Mujer tiene un papel clave. Su función es velar por el interés de las víctimas, tanto de las mujeres como de los menores afectados por el maltrato.

Cuando presentas la denuncia, la Fiscalía puede:

  • Revisar el caso desde el primer momento.
  • Solicitar medidas cautelares en tu nombre si considera que existe riesgo.
  • Acompañar el proceso judicial, tanto en la fase de instrucción como en el juicio.
  • Pedir que se valore el daño psicológico a los menores como agravante en el procedimiento.

5. ¿Qué juzgados tramitan estos casos?

En Fuenlabrada, los casos relacionados con malos tratos en el ámbito familiar y su impacto sobre menores suelen tramitarse en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer n.º 1, ubicado en la Avenida de la Hispanidad, 2.

En Móstoles, existe también un juzgado especializado en este tipo de procedimientos, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer n.º 1 de Móstoles, en la calle Agustina de Aragón.

Ambos juzgados trabajan en coordinación con las comisarías y con los Puntos Municipales para asegurar que las medidas de protección se activen lo antes posible.

Denunciar violencia vicaria en Fuenlabrada o Móstoles ya no es un acto simbólico. Ahora tiene consecuencias legales concretas, medidas urgentes y recursos especializados que pueden marcar una diferencia real. Lo importante es que no des este paso sola.

En EC Abogados te acompañamos desde el primer momento. Te ayudamos a reunir las pruebas, redactar la denuncia y activar los mecanismos de protección que la ley pone a tu alcance. Porque entendemos lo que hay detrás de cada palabra que cuesta decir, y lo que está en juego cuando decides actuar.

¿Qué tipo de pruebas se pueden aportar en un caso de violencia vicaria?

Una de las dudas más frecuentes al enfrentarse a un caso de este tipo es: ¿cómo lo demuestro? Porque muchas veces no hay un golpe, ni un mensaje explícito, ni una cámara que lo haya grabado todo.

Y, sin embargo, la agresión existe. Se nota en la mirada del menor cuando vuelve de una visita. En sus pesadillas. En el cambio de actitud. En ese cansancio que ya no es solo tuyo.

Afortunadamente, hoy la ley permite acreditar este tipo de situaciones con pruebas que van más allá de lo físico.

Los audios y mensajes escritos —en el móvil o en redes sociales— pueden tener mucho peso si muestran amenazas, manipulación o chantaje emocional.

También lo tienen los informes escolares que reflejan cambios bruscos en el comportamiento, o los informes psicológicos que revelan señales de sufrimiento derivadas del entorno familiar.

Los dibujos de los menores, las declaraciones de profesores o terapeutas, los testimonios de personas cercanas… todo puede contribuir a construir una imagen clara ante el juzgado.

No se trata de tener una única prueba determinante, sino de reunir pequeñas piezas que, juntas, muestren lo que está ocurriendo.

Ahora bien, es importante recordar algo: tú no estás obligada a arriesgarte ni a exponer a tus hijos para conseguir estas pruebas. Hay formas de hacerlo sin ponerte en peligro.

Por ejemplo, documentando lo que ocurre con discreción, o solicitando informes profesionales de personas que ya interactúan con tus hijos. A veces incluso el silencio del otro lado —la negativa a colaborar, a responder, a cumplir con los acuerdos— puede servir como indicio de manipulación o maltrato indirecto.

Si no tienes pruebas claras pero sí un temor real y fundamentado, también puedes iniciar el proceso. La ley no exige pruebas absolutas para activar medidas de protección.

Basta con presentar indicios razonables. Lo importante es que no calles por miedo a no tenerlo todo atado. De eso nos encargamos también los abogados.

En EC Abogados te ayudamos a valorar qué elementos pueden tener peso legal, cómo documentar lo que estás viviendo y cómo actuar sin exponerte innecesariamente.

No solo preparamos el expediente legal, también te damos herramientas para que este camino no lo recorras a ciegas ni sola.

Porque protegerte, a ti y a tus hijos, no depende solo de lo que puedas demostrar hoy, sino de cómo te acompañamos a hacerlo bien.

Acompañamiento legal desde el principio: cómo te ayuda EC Abogados

Cuando una mujer nos llama para contar que está viviendo este tipo de maltrato a través de sus hijos, no empezamos hablando de leyes.

Empezamos escuchando. Porque antes de hablar de procedimientos, necesitamos entender qué está pasando, cómo lo está viviendo y qué necesita. Esa primera conversación es confidencial, sin presión y sin compromiso.

Lo importante es que sepas que hay alguien al otro lado que te cree, te escucha y te orienta.

Tras ese primer contacto, realizamos un estudio personalizado del caso. Valoramos si es urgente solicitar medidas de protección, si conviene reunir pruebas antes de actuar o si es mejor presentar la denuncia de inmediato. A partir de ahí, te guiamos paso a paso.

Te ayudamos a preparar la denuncia con base legal sólida, a organizar y presentar las pruebas con claridad, y a enfrentarte al proceso sin quedarte sola en ningún momento.

Si el caso avanza por la vía penal, te acompañamos en cada diligencia. Si corresponde actuar también por la vía civil —por ejemplo, para modificar un régimen de custodia o suspender visitas—, nos encargamos de toda la tramitación.

En ocasiones, cuando ya ha habido una sentencia injusta o un procedimiento mal enfocado, te ayudamos a presentar un recurso o reabrir el caso si existen fundamentos para ello.

Sabemos que no siempre el primer intento sale bien. Pero también sabemos que la ley, bien trabajada, puede dar la vuelta a muchas situaciones.

A lo largo del proceso, uno de nuestros compromisos más firmes es usar un lenguaje que entiendas. No trabajamos desde tecnicismos, ni desde la distancia.

Queremos que sepas en todo momento qué está pasando, por qué y qué opciones tienes. Te damos seguimiento continuo, te explicamos cada paso, y te acompañamos hasta el final, sea cual sea la etapa en la que estés.

¿Y si mi caso no es tan claro?

Muchas mujeres nos preguntan:

  • ¿y si no hay agresión física?
  • ¿Si mis hijos no quieren ir con su padre, pero no sé si eso basta?
  • ¿Si él me amenaza con denunciarme?

Otras ya han pasado por un juicio de custodia y sienten que la justicia no entendió lo que estaba ocurriendo.

La respuesta no siempre es sencilla, porque cada situación tiene matices. Pero lo que sí podemos decirte con firmeza es esto: si estás sintiendo miedo, angustia o dudas constantes sobre la seguridad emocional de tus hijos, no estás exagerando. Merece la pena analizarlo con alguien que entienda lo que hay detrás.

Hoy existen más herramientas legales que hace unos años. La palabra “maltrato” ya no se limita a los golpes. Y los tribunales están empezando, aunque a veces lentamente, a mirar más allá de lo aparente.

Si necesitas reabrir una custodia, pedir una suspensión de visitas, o incluso defenderte ante una acusación manipulada, también te podemos ayudar.

No estás sola, y ahora la ley sí te respalda

Durante mucho tiempo, muchas mujeres han sentido que, una vez separadas, ya no podían hacer nada. Que si sus hijos sufrían, era parte del precio que debían pagar por haberse marchado. Pero eso ya no es así.

Hoy, el uso de los menores como forma de castigo tiene nombre, está reconocido en la ley, y puede denunciarse.

Actuar no es fácil. Denunciar implica remover cosas, tomar decisiones, enfrentarse al miedo. Pero no hacerlo deja el terreno libre al maltratador. Si te has sentido identificada con lo que has leído, si crees que algo no está bien pero no sabes por dónde empezar, queremos que sepas esto: no tienes que enfrentarte sola.

En EC Abogados estamos aquí para escucharte, sin juicio, sin presión y con absoluta confidencialidad. Podemos ayudarte a entender tu situación, valorar tus opciones y acompañarte en cada paso.

Llevamos casos de maltrato en Fuenlabrada, Móstoles y todo el sur de Madrid, y sabemos lo importante que es que alguien te tome en serio desde el primer momento.

Contacta con nosotros. Habla con un abogado que te escuche de verdad. A veces, el primer paso no es denunciar. Es simplemente saber que tienes a alguien a tu lado.


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